- Se ha simplificado la regulación y se han clarificado los órganos competentes de acuerdo con la Ley 7/1985 y los Reglamentos Orgánicos Municipales.
- Se han establecido pautas más claras para el régimen jurídico de los ingresos municipales, tributarios y otros de derecho público, así como el régimen de bonificaciones.
- Se han puntualizado cuestiones relacionadas con las liquidaciones y autoliquidaciones, especialmente en lo que concierne a altas, bajas y modificaciones en los padrones.
- Se han esclarecido los órganos competentes y las funciones de recaudación, centralizando toda la recaudación en el OAGRC según sus Estatutos.
- Se ha hecho referencia a los convenios de colaboración en la recaudación con entidades supramunicipales y otros.
- Se han actualizado los medios de pago, incluyendo opciones como el giro postal y los medios electrónicos y telemáticos.
- En el caso de aplazamientos y fraccionamientos, se ha proporcionado mayor seguridad jurídica en la redacción de los artículos relacionados con solicitudes, garantías y órganos competentes. Además, se han ampliado los plazos de fraccionamiento según criterios generales y elevado el límite de garantía de aval de 18.000 a 50.000 euros, alineándolo con la Orden Ministerio Hacienda HFP/311/2023.
- Se han introducido novedades en el Calendario Fiscal y el Plan Personalizado de Pagos (PPP), haciendo referencia a las fechas de cargo en cuenta de domiciliaciones, que serán publicadas en la web del OAGRC para una mayor transparencia. El PPP se amplía para incluir IBI Urbana, Rústica y BICES, y se establece como ampliable a otros tributos por resolución. Asimismo, se amplía el PPP para incluir a cualquier contribuyente, no solo a particulares y empresas, y se dota de mayor seguridad jurídica a su notificación y vigencia.
- Se ha regulado la ampliación de providencias de apremio a cotitulares de bienes en el hecho imponible.
- Se han establecido criterios para el embargo de bienes y declaraciones de fallidos y créditos incobrables.
- Se ha especificado la competencia del órgano de recaudación en procedimientos de derivación de responsabilidad.
- Se han clarificado las funciones inspectoras y sancionadoras, así como el plan de control tributario.
- En cuanto a la suspensión de actos impugnados, se ha elevado a 3.000 euros la garantía para fianza personal y solidaria.
- Se ha mantenido la regulación del procedimiento de devoluciones de ingresos indebidos y reembolso del coste de las garantías, clarificando los órganos competentes.
- Se ha introducido una regulación adaptada de notificaciones electrónicas.
- Se han incorporado actuaciones automatizadas para la generación y emisión de notificaciones, acuerdos, certificaciones, copias y justificantes.
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